Confirmada la pena de 20 años para el líder de los peligrosos DDP en el Corredor del Henares

Este artículo fue originalmente publicado en Noticias para Municipios.

El Tribunal Supremo ha confirmado condenas de hasta veinte años de cárcel para el cabecilla del ‘coro’ del Corredor del Henares de la banda latina Dominican Don’t Play (DDP), el tesorero y otro integrante de la organización con capacidad para ordenar misiones y castigos.

Así consta en una sentencia, en la que la Sala declara no da lugar a los recursos de casación presentados por las defensas de tres acusados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), fechada el 22 de octubre de 2024.

No hay error

La Sala de lo Penal concluye que no existe vulneración alguna de derechos fundamentales ni error en la valoración de la prueba que justifique la revisión de la condena. De este modo, las penas dictadas por la Audiencia Provincial quedan ratificadas en su totalidad.

Una incautación a los Dominican Dont Play de Alcobendas (Foto: Policía Nacional)

La sentencia de instancia condenó a los tres acusados a penas de entre 20 y 17 años de cárcel por delitos de dirección de organización criminal, agresión sexual y abuso sexual a menor.

Castigos físicos

Los hechos probados describen una organización criminal fuertemente jerarquizada, con «normas internas estrictas, castigos físicos y ritos de ingreso, compuesta en este coro por más de veinte miembros -entre ellos varios menores de edad- y dedicada a actividades delictivas como tráfico de drogas, distribución de billetes falsos, robos y agresiones».

Según la sentencia, Andrés Alexandre M. S., alias ‘Chama’, actuaba como Suprema o líder del coro, con capacidad para ordenar misiones, imponer sanciones y dirigir las actividades de la banda. Pedro P. S., ‘Pedro70′, ejercía funciones de tesorero y organizador. Jersson Andrés O. P., ‘Capone’, ostentaba un cargo denominado «Guerra», encargado de coordinar ataques, castigos y misiones.

Un vehículo de la Policía Nacional (Foto: Policía)

La Audiencia de Madrid consideró probado que, entre diciembre de 2020 y febrero de 2021, Andrés Alexandre mantuvo conductas sexuales con una menor de 13 años, también integrante del grupo. Y que, posteriormente, los tres acusados la sometieron a presión dentro de la dinámica disciplinaria de la banda para obligarla a aceptar una relación sexual completa como forma de «sanción».

Finalmente, la menor acudió bajo coacción a un trastero en Torrejón de Ardoz, donde consumó la relación sexual con Andrés Alexandre mientras los otros dos acusados se encontraban en las inmediaciones.

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